Dada la situación que estamos viviendo, desde que se ha declarado el estado de alarma, por Covid-19, os dejamos información de algunas de las medidas más importantes, para trabajadores dados de alta en el Régimen de Autónomos.
Para ampliar la información contacta con el Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) El Morche, a través del teléfono 671 56 00 02, o bien mediante el email mipalacios@andaluciaemprende.es
- Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas, o, en el caso de que la facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.
- Percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19.
Los autónomos que hayan cesado su actividad en una fecha posterior al 14 de marzo, cuando entró en vigor por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Los autónomos que hayan visto reducida su facturación del mes anterior al que se solicita el bono social en, al menos un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.
Estos beneficiarios del bono social serán considerados usuarios en situación vulnerable, que supone un descuento directo un 25% en el recibo de la luz.
- Moratorias y Aplazamientos Seguridad Social
Autónomos con derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.
Aplazamiento. Durante los meses de mayo y junio podrán aplazar las cotizaciones sociales a un interés reducido del 0,5% (siete veces inferior al que normalmente se establece). Para acceder a estos aplazamientos, debe tratarse de autónomos afectados desde y por la situación provocada por el COVID‐19, por lo que no pueden tener otro aplazamiento en vigor anterior.
Autónomos que mantengan su actividad.
Los autónomos que hayan mantenido su actividad y no hayan accedido a la prestación extraordinaria podrán acceder a medidas de flexibilización para mejorar su situación durante estos meses.
Cuota de abril. Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas a un interés reducido del 0,5%. Para poder tramitar este aplazamiento, deberán solicitarlo antes del transcurso de los diez primeros días naturales del mes de abril, para evitar la facturación de la cuota.
Cuotas de mayo, junio y julio. El Ministerio ha aprobado una moratoria (sin intereses) de seis meses para estas cuotas (hasta noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021). Sus requisitos se establecerán por orden ministerial. Para quienes no cumplan los requisitos para el acceso a esta moratoria, podrán solicitar el aplazamiento al 0,5% de interés de las cuotas de mayo y junio.
- Aplazamiento de impuestos y en el pago de deudas con la Administración Tributaria del Estado
Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2020, y hasta el día 30 de mayo de 2020.
- Líneas ICO
Línea ICO sector turístico y actividades conexas covid19.
Pueden solicitar esta financiación con garantía del ICO los autónomos y empresas domiciliados en España cuya actividad se encuadre en un CNAE del sector turístico y actividades conexas.
Línea de avales real decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo
Cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación.
- Subvenciones para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo
Ampliación disponibilidad presupuestaria de la Línea «e.1) de Transformación Digital de las PYME» para facilitar el teletrabajo en las PYMES.
Proyectos que impliquen la incorporación de soluciones TIC que incidan en la mejora de las diferentes áreas y procesos de la empresa, como organización de la producción, relaciones con proveedores o clientes, gestión medioambiental, eficiencia energética, logística y distribución, gestión de recursos humanos, contabilidad, facturación y otros sistemas de gestión empresarial.
- Moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual, inmuebles afectos a la actividad económica que desarrollen los empresarios y profesionales y viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler art. 7 del rd-ley 8/2020, de 17 de marzo modificado por el RD-Ley 11/20.
- Ayudas de 300 euros para la cuota de abril de autónomos afectados por la crisis del Covid-19 Junta de Andalucía
La ayuda está abierta a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que tengan residencia y domicilio fiscal en Andalucía, y mantengan su alta en el régimen especial de la Seguridad Social.
Se excluye a los autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria por cese del Gobierno central, y a los que su actividad se encuentra entre las calificadas como esenciales en Real Decreto Ley aprobado el 29 de marzo y por tanto mantienen sus negocios y actividades abiertas, salvo aquellos que presentan claras dificultades para mantener su nivel de facturación.