La Diputación Provincial de Málaga ha convocado la concesión de ayudas para la realización de obras de adecuación funcional de viviendas destinadas a personas discapacitadas (igual o superior al 33%) y a mayores de 65 años.

Requisitos:

  1. a) Es necesario que la persona beneficiaria esté empadronada en un municipio menor de 20.000 habitantes con un año de antelación al de la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  2. b) La vivienda objeto de la adecuación debe ser coincidente con la del empadronamiento y constituirá su vivienda habitual y permanente de la persona solicitante y, en su caso, de la unidad familiar.
  3. c) La renta anual de la unidad familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad no deberá ser superior a 15.000 euros. A los efectos anteriores, se tendrá en cuenta el ejercicio 2021 de la declaración de la renta.
  4. d) El grado de discapacidad deberá haberse obtenido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, estar vigente en tal momento y hasta la concesión de la subvención.
  5. e) En el caso de las personas mayores de 65 años, es necesario que dicho requisito esté cumplido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes fijado en la correspondiente convocatoria.
  6. f) Que la rehabilitación de la vivienda se realice en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de marzo de 2023 (ambos incluidos).

 

Gastos subvencionables:

1.- En los cuartos de baño, cambio de las bañeras por platos de ducha, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería.

2.- Colocación de pasamanos en pasillos.

3.- Adecuación del ancho de puerta y/o eliminación de barreras arquitectónicas, incluyendo la colocación de plataforma salva-escaleras.

 

Documentación:

1.- Anexo I (solicitud)

2.- Fotocopia DNI.

3.- Certificado empadronamiento histórico colectivo.

4.- Presupuesto o factura proforma de las obras a realizar.

5.- Documento de alta de terceros.

6.- Declaración IRPF 2021 (o certificado emitido por la Agencia Tributaria en caso de no haberse presentado).

7.- Certificado, en materia de subvenciones, de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

8.- Resolución, certificado de discapacidad o tarjeta donde se indique expresamente el grado de discapacidad.

 

Plazo de presentación:

Hasta el 7 de octubre de 2022.

Para más información pregunte en el Ayuntamiento.